Micelio
Auto15 de julio de 2026

A-904 de 2026

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Sin información

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS la decisi�n del 20 de abril de 2026 , por la cual el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Secci�n Tercera � Subsecci�n A se abstuvo de asumir el conocimiento de la acci�n de tutela presentada por Crist�bal Hern�ndez contra la Fiduprevisora S.A.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC - 5436 al Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Secci�n Tercera � Subsecci�n A para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisi�n a que haya lugar.
  3. TERCERO. Por la Secretar�a General de la Corte Constitucional, COMUNICAR la decisi�n adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Juzgado 029 Civil del Circuito de Bogot�. Notif�quese, comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Acuerdo 01 de 2025. Por medio del cual se unifica y actualiza el Reglamento de la Corte Constitucional. [2] Expediente digital ICC-5436, archivo �004_TutelaConAnexo.pdf�. [3] Expediente digital ICC-5436, archivo �005_AutoRechazaRemiteReparto.pdf�. Pese al nombre del documento, no se trata de un auto de rechazo; pues el resolutivo �nicamente se�ala la orden de remitir el expediente, mediante la Oficina de Reparto, a los juzgados del circuito de Bogot�. [4] Expediente digital ICC-5436, archivo �013_AutoGeneraConflictoCompetencia20260526�. [5] Auto 550 de 2018. [6] Ibid. [7] Ibid. [8] Art�culos 86 de la Constituci�n y 8� transitorio de su t�tulo transitorio adicionado por el Acto Legislativo 01 de 2017, y los art�culos 32 y 37 del Decreto 2591 de 1991. [9] Ver, por ejemplo, el Auto 493 de 2017. [10] Art�culo 8� transitorio del t�tulo transitorio de la Constituci�n Pol�tica de Colombia de 1991 (introducido por el art�culo 1� del Acto Legislativo 01 de 2017). [11] Auto 655 de 2017. [12] Modificado por el Decreto 799 de 2025. [13] Ver, entre otros, los Autos 366 de 2021 y 036 de 2022, M.P. Gloria Stella Ortiz Delgado. El par�grafo
  4. segundo. del art�culo 2.2.3.1.2.1. del Decreto 1069 de 2015, modificado por el art�culo 1� del Decreto 333 de 2021 dispone que � las anteriores reglas de reparto no podr�n ser invocadas por ning�n juez para rechazar la competencia o plantear conflictos negativos de competencia � . [14] Auto 124 de 2009, M.P. Humberto Antonio Sierra Porto. [15] Corte Constitucional, A047 de 2026, A1126 de 2025 A1253 de 2024, entre otros.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.